Preguntas Frecuentes Adicionales Sobre Los Nuevos Requisitos para Preparadores de Declaraciones de Impuestos
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- Examen
- Requisitos de educación continua profesional (CPE, por sus siglas en inglés)
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1. ¿Aplica el requisito de PTIN a individuos que sólo preparan declaraciones de nómina u otro no-1040 serie de declaraciones? (revisado 28 de septiembre de 2010)
Sí. Todos los preparadores compensados de declaraciones de impuestos son requeridos a obtener un Número de Identificación de Impuesto de Preparador (PTIN, por sus siglas en inglés).
2. ¿Realizara el IRS exámenes de huellas digitales como parte del proceso de la aplicación de PTIN? (anunciado 1 de octubre de 2010)
Actualmente, el IRS no realizara exámenes de huellas digitales como parte del proceso de la aplicación de PTIN, pero está considerándolo para ciertos solicitantes en el futuro. Hay un requisito actual para todas las solicitudes que incluyan una explicación de convicciones de delito grave durante los últimos 10 años.
3. ¿Cuáles son los requisitos técnicos para acceder el sistema en-línea? (anunciado 28 de septiembre de 2010)
Usted debe tener acceso a una computadora con servicio de Internet. No hay requisitos mínimos técnicos adicionales para utilizar la solicitud en-línea de PTIN. Sin embargo, la solicitud puede funcionar a velocidad reducida si hay memoria limitada.
4. El estado civil de efecto de mi más recién declaración fue "Casado, presentando una declaración conjunta". ¿Hay instrucciones especiales para completar mi solicitud de PTIN y para la autenticación de mi identidad? (revisado 4 de enero de 2011)
En primer lugar, si ambos cónyuges están solicitando PTINs, cada uno debe crear una cuenta de usuario usando diferentes direcciones de correo electrónico y presentar una solicitud de PTIN separada. Luego cada uno deberá ingresar su propia información en cada solicitud separada (su nombre, su número de seguro social y su dirección). No ingrese el nombre o número de seguro social de su cónyuge. Además, cuando se le solicite que introduzca la información de su declaración de impuestos del año anterior, asegúrese de ingresar la información exacta, incluyendo su nombre, así como se demostró en la declaración.
Consejo: Si el nombre del primer cónyuge contiene un sufijo (Jr, Sr etc.), el sistema del IRS probable lo identifica como parte del apellido de ambos cónyuge. Si la autenticación falla, intente de entrar el apellido con el sufijo, es decir Jane Doe Jr El IRS tiene la intención de corregir este asunto en el futuro.
5. Cuando pago la cuota de solicitud en-línea, ¿tiene que estar la tarjeta de pago en mi nombre? (anunciado 28 de septiembre de 2010)
No. Hay entradas separadas para la información de tarjeta, incluyendo el nombre, código postal, y código de seguridad. La información se validará con el número de tarjeta de crédito.
6. ¿Puedo salir de la solicitud una vez que empiezo? (anunciado 28 de septiembre de 2010)
Sí, puede salir de su solicitud de PTIN en cualquier momento al pulsar el botón de cancelación. Su solicitud incompleta aparecerá la próxima vez que ingrese al Sistema del IRS de Inscripción de PTIN para Profesionales de Impuesto (IRS Tax Professional PTIN Sign-up System), en ingles.
7. ¿Puedo eliminar mi cuenta? (anunciado 6 de octubre de 2010)
No. Una vez que haya creado una cuenta de PTIN en-línea con un nombre de usuario y contraseña, no se puede eliminar esa cuenta en el portal. Una cuenta en el portal es diferente a su aplicación PTIN - la cuenta en el portal es lo que se debe crear con el fin de iniciar una aplicación PTIN.
Puede deshacer de una solicitud de PTIN incompleta hasta el momento en que se presente la solicitud. Una vez que se pulsa el botón "Enviar" (“Submit”, en inglés), en su solicitud y atesta que la información es verdadera y correcta, usted ya no puede eliminarla.
8. ¿Me puede asistir a encontrar mis números de credenciales profesionales? (anunciado 28 de septiembre de 2010)
Los agentes registrados pueden contactar la Oficina de IRS de Responsabilidad Profesional (IRS Office of Professional Responsibility, en inglés) al (202) 927-3397con servicio en inglés.
Los contadores públicos certificados pueden encontrar información de contacto para las juntas estatales de la contabilidad en www.nasba.org, en inglés.
Los abogados pueden encontrar información de contacto para todas las asociaciones de Abogados del Estado en www.abanet.org, en inglés.
9. ¿Puedes definir acatamiento tributario? (anunciado 15 de octubre de 2010)
Todos los solicitantes de PTIN deben atestar que están en cumplimiento con sus obligaciones fiscales personales y de negocios, o dar una explicación si no lo están.
Una persona está en acatamiento tributario si: 1) todas las declaraciones que se deben se han presentado (o una extensión ha sido solicitada) y 2) todos los impuestos que se deben han sido pagados (o un aceptable arreglo de pagos se ha establecido).
10. ¿Afectará la bancarrota mi capacidad de practicar? (anunciado 28 de septiembre de 2010)
Generalmente la bancarrota no afectará una solicitud de PTIN. Una cuenta de saldo adeudado en el estado de bancarrota no resultara que un preparador falle la prueba de conformidad de impuesto. Pero, para que una cuenta este en estado de bancarrota, el contribuyente debe haber incluido la deuda de IRS en la declaración de bancarrota.
11. ¿Qué quieres decir con "PTIN provisional"? (anunciado 28 de septiembre de 2010)
PTINs provisionales se otorgan por tres razones: 1) El solicitante está sujeto a los requisitos de examen que aún no han sido satisfechos, 2) El solicitante ha indicado que él / ella no ha cumplido con sus responsabilidades de impuestos federales, y / o 3) El solicitante ha indicado que ha sido condenado por un delito grave en los últimos 10 años. El estado provisional es temporal hasta que la condición se resuelva o es revisada y aprobada.
12. ¿Qué formas de pago en-línea están disponibles? (anunciado 28 de septiembre de 2010)
Las opciones de pago incluyen tarjetas de crédito (Visa, MasterCard, Discover), tarjeta de débito, o cheque electrónico (E-Check en inglés).
13. ¿Por qué recibí una tarjeta postal en el correo acerca de mi cuenta PTIN? (anunciado 15 de octubre de 2010)
Usted recibió la tarjeta postal como una medida de seguimiento de seguridad para asegurarse de que conoce que una cuenta de PTIN en-línea fue creado para usted. Si usted cree que alguien inapropiadamente ha creado una cuenta a su favor, contacte a la Línea de Información PTIN para Profesionales de Impuestos del IRS (The IRS Tax Professional PTIN Information Line, en inglés) para reportarlo. De lo contrario, ninguna acción es necesaria.
14. ¿Cuándo un múltiplo de preparadores pagados están involucrados en la preparación y / o la revisión de una declaración, cual está obligado a firmar la declaración? (anunciado 11 de agosto de 2010)
Regulaciones de Tesoro actuales bajo secciones 1.6695-1(b) y 301.7701-15(b)(1) provean que un preparador de declaraciones de impuestos que firma es el preparador de la declaración de impuestos individual que tiene la responsabilidad primaria para la certeza general de la preparación de una declaración. Los nuevos requisitos que requieren todos los preparadores se registren y obtengan un Número de Identificación de Impuesto de Preparador (PTIN) no cambia las reglas existentes con respecto a quien es el preparador de declaraciones de impuestos que firma.
15. ¿Tendrán que ser revelados los preparadores que no firman cada declaración preparada si otro preparador las revisa y las firma? (anunciado 11 de agosto de 2010)
No, por lo menos inicialmente, no hay plan de expandir la sección del preparador pagado de la declaración. El nombre de cualquier preparador que no firma no será revelado en la declaración, pero ellos todavía serán requeridos a tener un PTIN y cumplir con el examen de competencia y los requisitos de educación continua profesional según sea aplicable.
16. ¿Si un empleado de un negocio prepara las declaraciones de impuestos del negocio como parte de sus responsabilidades del trabajo, lo afectarán los reglamentos? (revisado 28 de septiembre de 2010)
No. Un empleado que prepara las declaraciones de su empleador no es requerido a firmar como un preparador pagado. Por consiguiente, a menos que el empleado prepare otras declaraciones de impuesto federal por compensación, él o ella no está requerido a registrarse y obtener un PTIN.
17. Creo que mi PTIN ha sido comprometido y otra persona lo esta utilizando para preparar declaraciones de impuestos. ¿Cómo informo esto? (anunciado 16 de marzo de 2011)
Llame la Línea de Información PTIN para Profesionales de Impuestos del IRS (The IRS Tax Professional PTIN Information Line), en ingles, para informar la mala utilización. Asegúrese de tener disponible cualquier información que tenga con respecto a la persona o la entidad que pueda estar utilizando su PTIN.
1. Agentes registrados actualmente pagan $125 para la inscripción y la renovación. Los abogados y los contadores públicos certificados pagan cuotas similares a sus organizaciones. ¿Será la cuota para obtener un PTIN aplicable a todos los agentes registrados, los abogados y contadores públicos certificados además de sus otras cuotas? (revisado 13 de diciembre de 2010)
Sí. Todos los preparadores compensados de declaraciones de impuestos tendrán que pagar una cuota por obtener y renovar sus PTINs. Esta cuota es además de cualquier cuota que los preparadores compensados de declaraciones de impuestos pagan por otras certificaciones o licencias que tienen. Porque abogados, contadores públicos certificados y agentes registrados son exentos del examen, ellos no serán requeridos a pagar la cuota separada del examen.
El IRS ha propuesto reducir la cuota de inscripción y la renovación del agente registrado a $30. Los individuos que recientemente han completado exitosamente el examen especial de inscripción pueden someter una solicitud de agente registrado, pero la cuota actual de usuario de $125 debe ser pagada hasta que regulaciones finales sean publicadas. O estos individuos pueden escoger retrasar la solicitud de inscripción hasta l que la cuota de usuario sea reducida. Los individuos que retrasan solicitar la inscripción no pueden practicar antes del IRS hasta que la solicitud es sometida y la Oficina de Responsabilidad Profesional ha otorgado inscripción.
Además, hasta que el cambio de cuota sea oficial, el período actual de renovación para ésos con números de identificación que terminan en 4, 5, o 6 han sido retrasados hasta nuevo aviso.
2. ¿Cuál es la cantidad de la cuota para obtener un PTIN (si yo no tengo uno) o renovando un PTIN existente (si ya tengo uno), una vez que el nuevo sistema de registración del preparador en-línea llega a ser disponible? (revisado 28 de septiembre de 2010)
La cuota anual es $64.25 por individuo y es la misma a pesar de que si obtiene un PTIN o si renueve un PTIN existente. La cantidad de la cuota puede cambiar en años futuros al evaluarse periódicamente el costo real del programa actual.
3. ¿Cómo fue determinada la cantidad de la cuota? (anunciado 19 de agosto de 2010)
La cuota de usuario es basada en dos gastos fundamentales. El IRS reunirá $50 por persona para pagar por esfuerzos de alcance, tecnología, y cumplimiento asociados con el nuevo programa. Un vendedor de tercer-parte recibirá $14.25 por persona para operar el sistema en-línea y proveer asistencia al cliente.
Las cuotas del usuario son dirigidas por la Office of Management and Budget (Oficina de Administración y Presupuesto u OMB, por sus siglas en inglés ) serán cargados por agencias para recuperar el costo de los servicios que transmiten los beneficios especiales más allá de esos disponible al público general, tal como la autoridad de preparar declaraciones de impuestos por compensación.
4. ¿Reembolsará el IRS cualquier pago de PTIN? (anunciado 26 de enero de 2011)
Generalmente no, a excepción de ciertas situaciones:
- Múltiples pagos hechos para la misma persona para el mismo año. Para solicitar un reembolso, contacte la línea de ayuda de PTIN al 1-877-613-7846, en inglés.
- PTIN obtenido antes de la emisión de guía que clarificó que un PTIN no es necesario para la situación del preparador. Es decir, un individuo que sólo prepara Formularios 5500, W-2, 1099, etc. Para solicitar un reembolso y cancelación del PTIN, remita una explicación escrita y firmada a: IRS Tax Professional PTIN Processing Center, 104 Brookeridge Dr. #5000, Waterloo, IA 50702. Permita seis semanas para una respuesta.
- Otras situaciones excepcionales donde el pagador cree que un reembolso debe ser considerado. Para solicitar un reembolso, remita la solicitud firmada a: IRS Tax Professional PTIN Processing Center, 104 Brookeridge Dr. #5000, Waterloo, IA 50702. Permita seis semanas para una respuesta.
1. ¿Habrá una distinción entre preparadores registrados y la nueva categoría de los preparadores quiénes serán requeridos a tomar el nuevo examen de competencia? (anunciado 22 de enero de 2010)
Sí. La práctica de preparadores registrados ante el IRS no será limitado. La práctica de la nueva categoría de preparadores será limitada a preparar declaraciones de impuestos por compensación y representar a contribuyentes en frente la función de Examen cuando la declaración bajo revisión (auditoría) fue una declaración que prepararon.
2. ¿Habrá una nueva designación para los preparadores que pasan el examen de competencia? (revisado 28 de septiembre de 2010)
Sí. Una vez que una persona posee un PTIN válido y pase exitosamente el examen de competencia del IRS, el o ella se convertirá en un Preparador de Impuesto Registrado (Registered Tax Return Preparer, en inglés).
3. ¿Cómo cambiarán las condiciones de práctica ante el IRS con las nuevas regulaciones? Actualmente los profesionales de impuestos que no son abogados, contadores públicos certificados, o preparadores registrados tienen práctica limitada ante el IRS. (anunciado 22 de enero de 2010)
La nueva categoría de preparadores que pase el examen de competencia tendrá los mismos derechos limitados de práctica que un preparador no registrado actualmente tiene.
1. ¿Tienen los poseedores de credenciales del Accredited Council of Accountancy for Taxation (ACAT, por sus siglas en inglés) que obtener un PTIN y pasar el examen del preparador de impuestos del IRS? (revisado 28 de septiembre de 2010)
Sí, poseedores de credenciales de ACAT que son compensados para preparar toda o substancialmente toda la declaración de impuesto federal necesitan obtener un PTIN. También necesitan pasar el examen de competencia a menos que sean abogados, contadores públicos certificados (CPAs, por sus siglas en inglés) o preparadores registrados En cuanto a la educación continua profesional ellos serán sujetos a los nuevos requisitos a menos que sean también abogados, CPAs, preparadores registrados, actuarios registrados o agentes registrados de plan de jubilación.
2. ¿Cómo afectarán las nuevas regulaciones a contadores públicos registrados o licenciados? ¿Tendrían que tomar el examen? (revisado 11 de agosto de 2010)
En muchos estados, un contador público registrado o licenciado (LPA, por sus siglas en inglés) tiene los mismos derechos y los privilegios como un contador público certificado. Así, un LPA en esos estados tiene derecho a practicar ante el IRS en virtud de la licencia de contable público y estos individuos no serán requeridos a pasar el examen de preparador de declaraciones del IRS ni satisfacer los requisitos de educación continua profesional (CPE, por sus siglas en inglés) para preparadores de declaraciones de impuestos.
Lo siguiente es una lista no exclusiva de estados donde un LPA tiene los mismos derechos y los privilegios como un contador público certificado (CPA, por sus siglas en inglés): Alabama, Alaska, Arkansas, California, Colorado (Contadores Públicos Registrados solamente), Connecticut, Hawaii, Idaho, Maine, Montana, New Hampshire, New Jersey, New York, North Dakota, Ohio, Oklahoma, Pennsylvania, Rhode Island, South Dakota, Tennessee, Vermont, y West Virginia.
LPAs en los estados siguientes no tienen los mismos derechos y los privilegios como un contador público certificado, y por lo tanto serán requeridos a pasar el examen de preparador de declaraciones del IRS y satisfacer los requisitos de CPE para preparadores de declaraciones de impuestos para preparar cualquier declaración federal de impuesto por compensación (a menos que el LPA sea un abogado o preparador registrado): Delaware, Illinois, Iowa, Kansas, Michigan, Oregón (a menos que la persona calificó para, y aplicó para tomar, el examen Uniforme de CPA antes del 1 de enero de 2002), y South Carolina.
LPAs en otros estados deben revisar las leyes del estado en el que son licenciados para determinar si tienen los mismos derechos y los privilegios como un contador público certificado.
3. En Minnesota, tenemos Contadores Públicos Registrados. Estos individuos son gobernados por el Consejo de Contabilidad de Minnesota, y deben registrarse con el consejo, pagar una cuota y tienen requisitos de educación continua profesional y requisitos de ética. ¿Tendrán que tomar el examen? (anunciado 22 de enero de 2010)
En general, un contador público registrado (o licenciado) puede practicar ante el IRS si el contador público registrado (o licenciado) tiene los mismos derechos y los privilegios como un contador público certificado bajo la ley del estado. Aunque el IRS haya revisado las leyes de 29 estados para determinar si los contadores públicos registrados (o licenciados) en esos estados tienen los mismos derechos y los privilegios como un contador público certificado, Minnesota no es uno de esos 29 estados. Por consiguiente, los contadores públicos registrados en Minnesota deben revisar sus propias leyes del estado para determinar si tienen los mismos derechos y los privilegios como un contador público certificado hasta que la Oficina de Responsabilidad Profesional tenga una oportunidad de considerar formalmente si los contadores públicos registrados de Minnesota son calificados para practicar como contadores públicos certificados.
4. ¿Serán los preparadores quiénes son registrados por los estados de California u Oregón (Preparadores de Impuestos de California y Preparadores de Impuestos Licenciados/Consultores de Oregón) exentos del examen y requisitos de educación continua profesional? (anunciado 22 de enero de 2010)
Sólo abogados, contadores públicos certificados, y preparadores registrados serán exentos del examen y requisitos de educación continua profesional.
5. ¿Cómo son los agentes registrados de plan de jubilación y actuarios registrados afectados por las recomendaciones? (anunciado 22 de julio de 2010)
Los agentes registrados de plan de jubilación y actuarios registrados deben obtener un PTIN si son compensados por preparar, o participan en la preparación de, toda o substancialmente toda la declaración de impuesto federal o reclamo para el reembolso. Pero serán exentos del requisito del examen de competencia si ellos sólo preparan las declaraciones dentro de las áreas limitadas de la práctica de estos grupos.
6. ¿Serán individuos quiénes son abogados activos, contadores públicos certificados o preparadores registrados requeridos a obtener un PTIN si ellos no preparan toda o substancialmente toda cualquiera declaración de impuesto? (revisado 28 de septiembre de 2010)
Los abogados, contadores públicos certificados y preparadores registrados no necesitan obtener un PTIN a menos que preparen por compensación toda o substancialmente toda la declaración de impuesto federal o reclamo para reembolso.
7. ¿Están los transmisores de declaraciones electrónicas o proveedores de servicios intermedios que no preparan declaraciones sujetos a la nueva revisión de reglamentos? (revisado 28 de septiembre de 2010)
No. Proveedores de declaraciones electrónicas que ayudan en el formato y transmisión electrónica de las declaraciones de impuestos, pero no preparan toda ni substancialmente toda la declaración de impuesto federal o reclamo para reembolso por compensación, no serán el foco de las nuevas regulaciones.
1. ¿Cuál es el propuesto del examen? (revisado 4 de enero de 2011)
El IRS ha propuesto que ciertos individuos tendrán que pasar un examen de competencia para convertirse oficialmente en un Preparador de Impuesto Registrado (Registered Tax Return Preparer, en inglés). El IRS espera que los exámenes comiencen a mediados de 2011.
Individuos exentos del examen incluyen:
- Abogados, contadores públicos certificados, o preparadores registrados
- Ciertos preparadores supervisados
- Los que no preparan Formularios de la serie 1040
Preparadores de declaraciones de impuestos quienes son requeridos a tomar el examen y que posean PTINs antes de que el examen esté disponible tendrán hasta el 31 de diciembre 2013, para pasar el examen de competencia. Después de que el examen esté disponible, los nuevos preparadores de impuestos no exentos tendrán que pasar el examen de competencia antes de que puedan obtener un PTIN.
Actuarios registrados y agentes registrados de plan de jubilación también estarán exentos si sólo preparan declaraciones dentro de sus áreas de práctica limitada. Más orientación sobre el examen y el costo del examen estará disponible en la primavera de 2011.
2. ¿Quiénes son considerados como preparadores supervisados? (revisado 6 de enero de 2011)
En general, los preparadores supervisados son los que no firman declaraciones pero son empleados por un abogado o empresas de contador público certificado o por otras empresas reconocidas por lo menos 80 por ciento poseídas por abogados, por contadores públicos certificados, o por agentes registrados, y que son supervisadas directamente por un abogado, contador público certificado o agente registrado.
Estos individuos todavía deben obtener un PTIN y certificar en la solicitud que ellos son supervisados y proporcionan el PTIN del individuo que los supervisa. La capacidad para que un preparador se especifique a sí mismo como un preparador supervisado y proporcione el PTIN de su supervisor se añadirá al sistema de PTIN más tarde en este año.
Guía adicional sobre preparadores supervisados está disponible en Notice 2011-6, en inglés.
3. ¿Serán limitados los preparadores compensados a solamente preparar los tipos de declaraciones de impuestos en que han probado exitosamente? (revisado 4 de enero de 2011)
Sí, para las declaraciones de impuestos de la serie del Formulario 1040. La preparación de las declaraciones de impuestos de la serie del Formulario 1040 será limitada a preparadores que han pasado exitosamente el examen de competencia del IRS o que son un abogado, contador público certificado, agente registrado, o preparador supervisado.
4. ¿En qué idiomas será el examen de competencia disponible? (revisado 22 de abril de 2010)
Por lo menos inicialmente, el examen sólo estará disponible en inglés.
5. ¿Será el examen administrado por la misma empresa que administra el examen del preparador registrado? ¿O será el examen administrado por el IRS? (anunciado 22 de enero de 2010)
El examen probablemente será administrado por un(os) vendedor(es) externo(s). El (Los) vendedor(es) es/son desconocido(s) en este momento.
6. ¿Será un contador público certificado que mantiene su licencia al corriente pero es considerado inactivo sujeto al examen? (anunciado 22 de enero de 2010)
Sí. Sólo abogados, contadores públicos certificados o preparadores registrados que son activos y en buenos términos con sus respectivas agencias de licencia son exentos del examen de competencia.
7. ¿Serán los exámenes de libro abierto o de recursos asistidos? (revisado 20 de julio de 2010)
Ciertos recursos serán permitidos y serán proporcionados en el local del examen. Manténgase en sintonía a la página de IRS.gov para los Profesionales del Impuesto para información sobre este tema.
8. Los dos exámenes de competencias se describen a incluir: 1) Salario y la 1040 no de negocios y 2) Salario y la 1040 del pequeño negocio. ¿Qué incluye el pequeño negocio? ¿Y cómo esto impactara a los que preparan otras declaraciones de negocio? (revisado 20 de julio de 2010)
Para propósitos del examen de competencia, el pequeño negocio incluirá Formulario 1040 Anexos C, E y F y varias otras formas relacionadas al 1040. El Apéndice I del Informe de Revisión de Preparador de Declaraciones contiene una lista detallada.
Directrices adicionales para individuos que no preparan ninguna declaración de la serie del Formulario 1040 y que no son abogados, contadores públicos certificados, ni preparadores registrados será proporcionado cuando el examen es implementado.
El IRS planea agregar un tercer examen con respecto a reglas de impuesto de negocio después de que la fase de implementación de tres-años sea completada.
9. ¿Se aplicarán los exámenes a los individuos que sólo preparan declaraciones de nómina o de otras declaraciones que no sean de la serie del Formulario 1040? (revisado 28 de septiembre de 2010)
Los primeros dos exámenes serán para los individuos que preparan declaraciones de la serie del Formulario 1040. Orientaciones adicionales para los individuos que no preparan declaraciones del Formulario 1040 y que no son abogados, CPAs o preparadores registrados se proporcionaran cuando se lleva a cabo los exámenes.
Los individuos quienes son agentes inscritos de planes de jubilación o actuarios inscritos estarán exentos de la obligación de prueba de competencia si sólo preparan declaraciones en las áreas de práctica limitada de estos grupos.
10. ¿Qué es el porcentaje requerido para pasar el examen de competencia? (anunciado 22 de enero de 2010)
Esto no ha sido determinado. Manténgase en sintonía a la página de IRS.gov para los Profesionales del Impuesto para información sobre este tema.
11. Qué le sucederá a un preparador no registrado que obtiene un PTIN pero no pasa el examen de competencia al fin de el 31 de diciembre de 2010? (revisado 28 de septiembre de 2010)
El IRS los contactará proponiendo desactivar su PTIN y eliminarlos de la lista de preparadores registrados, así como también, explicando el proceso de apelación.
12. ¿Cuándo empiezan los exámenes? ¿Cuál es la fecha de tope para pasar el examen? ¿Cuántos intentos tendré para pasar el examen? ¿Cuánto tiempo tomará? ¿Cuál es el costo? (anunciado 11 de agosto de 2010)
Esperamos empezar los exámenes en medio de 2011. Esos individuos que tienen un PTIN válido cuando empiecen los exámenes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2013, para pasar el examen y pueden tomar el examen un número de veces sin limite para pasarlo. Habrá una cuota para tomar el examen y la cuota será debida cada vez que el individuo intenta pasar el examen. El IRS no ha determinado la cantidad de la cuota, la duración del examen, y otros detalles del examen en este momento. Para información más reciente sobre este tema, manténgase en sintonía a la página de IRS.gov para los Profesionales del Impuesto.
13. ¿Será ofrecido el examen en-línea o tendré yo que ir a un local designado? (anunciado 11 de agosto de 2010)
Los que necesitan tomar el examen tendrán que ir físicamente a un lugar de prueba, autentificar su identidad, y tomar el examen en persona en el lugar de la prueba. Más información sobre el examen, inclusivo locales y procedimientos del examen, serán anunciados en la página de IRS.gov para los Profesionales del Impuesto cuando llega a ser disponible.
14. ¿Ofrecerá el IRS cursos de estudio antes del examen? (anunciado 11 de agosto de 2010)
El IRS proporcionará información básica sobre los formularios y anexos que serán cubiertos por el examen del preparador de declaraciones, pero no ofrecerá ningún curso de preparación. Los negocios o los individuos comerciales pueden ofrecer cursos de preparación.
Requisitos de educación continua profesional (CPE, por sus siglas en inglés)
1. ¿Cuál es la propuesta de educación continua? (revisado 4 de enero de 2011)
El IRS ha propuesto que los Preparador de Impuesto Registrado (Registered Tax Return Preparer, en inglés) sean requeridos a completar la educación continua anualmente. El requisito anual de educación continua se espera que incluya 3 horas de actualizaciones de ley de impuesto federal, 2 horas de éticos, y 10 horas de otra ley de impuesto federal.
Individuos exentos del requisito de la educación continua incluyen:
-
Abogados, contadores públicos certificados, o preparadores registrados
-
Ciertos preparadores supervisados
-
Los que no preparan Formularios de la serie 1040
Esto no aplicará a los abogados, contadores públicos certificados, preparadores registrados, actuarios registrados, ni a los agentes registrados de plan de jubilación debido a sus requisitos existentes de educación.
La fecha de inicio para la educación continua no ha sido determinada y obteniendo un PTIN a través del nuevo sistema no provoca ningún requisito nuevo de educación continua. Una vez que el requisito de educación continua comience, preparadores afectados tendrán un periodo de doce meses para cumplir el requisito de su primer año.
Como parte del nuevo programa de supervisión, el IRS está renovando el proceso de aprobación de la educación continua. Regulaciones (en inglés), emitidas en agosto de 2010 esbozaron las propuestas de modificación para los proveedores de programas de educación continua. Información adicional estará disponible en una fecha futura.
2. ¿Cuál es el proceso para llegar a ser un patrocinador calificado para la educación continua profesional? (revisado 10 de diciembre de 2010)
La única educación continua para cual proveedores pueden buscar aprobación es para programas intentados para agentes registrados y agentes registrados de plan de jubilación para 2011. Todas las provisiones existentes del Circular 230 con respecto a requisitos de educación continua y proveedores del programa para estos profesionales registrados se quedan vigente.
Circular 230 (en inglés) sección 10.6(g) resume el proceso actual. Para calificar como un patrocinador, un presentador de programa debe:
-
Ser una institución educativa acreditada;
-
Ser reconocido para propósitos de educación continua profesional por el organismo de licencias del estado, del territorio, o posesión de los Estados Unidos, incluyendo un Estado Libre Asociado (Commonwealth, en inglés) , o el Distrito de Columbia;
-
Ser reconocido por el Director de la Oficina de Responsabilidad Profesional como una organización o sociedad profesional cuyos programas ofrecen oportunidades de educación continua profesional; o
-
Archiva un acuerdo de patrocinador con el Director de la Oficina De Responsabilidad Profesional y obtiene aprobación del programa como un programa calificado de educación continua Profesional ( Form 8498, Program Sponsor Agreement for Continuing Education for Enrolled Agents, en inglés)
Como parte del nuevo programa de supervisión, el IRS renueva el proceso de aprobación de Educación Continua Profesional. Las regulaciones (en inglés) publicadas en agosto 2010 resumen las modificaciones propuestas para proveedores de programas de educación continua. Información adicional estará disponible en una fecha futura.
3. ¿A quién debo contactar si tengo preguntas acerca del proceso actual para llegar a ser un patrocinador calificado para la educación continua? (anunciado 10 de diciembre de 2010)
La Oficina de Responsabilidad Profesional (OPR por sus siglas en inglés) continúa manejando la administración de la aplicación de proveedor, la aprobación, y de los procedimientos de supervisión (inclusivo el procesamiento del Formulario 8498, Program Sponsor Agreement for Continuing Education for Enrolled Agents, en ingles). Las preguntas acerca de las solicitudes del patrocinador, las renovaciones, las aprobaciones y los procedimientos deben ser dirigidos al OPR en opr@irs.gov o el 202-927-3397, disponibles solo en inglés.
El IRS proporcionará más información sobre la supervisión del proveedor, la administración y los procedimientos para los nuevos requisitos propuestos de educación continua sobre los meses siguientes. La Oficina del Preparador de declaraciones del IRS recientemente anunciada no comenzará a supervisar la administración de las provisiones de educación continua del Circular 230 hasta que las revisiones propuestos a ese documento sean completadas y la oficina ha empezado operar.
4. Abogados y contadores públicos certificados en algunos estados no son sujetos a requisitos de educación continua profesional. ¿Qué impacto tendrá esto en la aplicación de las reglas propuestas del IRS para esos individuos? (anunciado 22 de enero de 2010)
No. La falta de requisitos de educación continua para abogados o contadores públicos certificados en un estado específico no afectará la excepción. Todos los abogados y contadores públicos certificados serán exentos de los requisitos de educación continua del IRS.
Sin embargo, como indicado en el informe de Revisión de Preparador de Impuestos, el IRS cree que todos los preparadores de declaraciones de impuestos tienen una obligación de permanecer corriente en las leyes de impuestos y la educación continua sirve para ayudar los individuos que queden corriente y para expandir su conocimiento dentro de su campo de experiencia. Tales cursos son importantes a la administración de impuestos dada la complejidad de las leyes de impuestos y los cambios frecuentes hechos al Código de Impuestos Internos y las reglas y las regulaciones implementadas para asistir en la administración del Código.
El IRS considerará requiriendo educación continua profesional de individuos adicionales si los datos reunidos en el futuro identifican tal necesidad. Adicionalmente, el IRS planea comunicarse con las autoridades de licencia para animarlos que apoyen la educación continua profesional anualmente que incluye temas de ley de impuesto federal y actualizaciones y éticos para esos individuos que son licenciados por ellos y que preparan declaraciones federales de impuesto.
5. Mi estado requiere educación continua. ¿Los créditos que recibo por completar los requisitos de educación continua de mi estado cuentan hacia los requisitos de educación continua para los Preparadores Registrados de Impuestos del IRS? (anunciado 18 de marzo de 2011)
El IRS está trabajando en la finalización de sus requisitos de educación continua para los preparadores registrados de impuestos y para las personal que tienen un PTIN provisional. Se espera, sin embargo, que sólo los créditos obtenidos a través de los cursos ofrecidos por el IRS por proveedores aprobados de educación continua contarán para el requisito del IRS de educación continua. Si un curso ofrecido por un proveedor de continúa educación aprobado por el IRS también cumple con los requisitos de educación continua de un estado, el IRS no tiene intención de prohibir a un preparador de declaraciones de impuesto sobre el uso de los créditos obtenidos del curso para satisfacer ambos requisitos, pero el preparador de declaraciones de impuestos debe consultar con la autoridad de licencias del estado para determinar si el Estado tiene alguna restricción.
Nota: El IRS retrasó el requisito de educación continua para los Preparadores Registrados de Impuestos y para las personal que tienen un PTIN provisional. Estas personal no van a tener un requisito de educación continua antes del 1 de octubre de 2011. Refiérase a Notice 2011-6, en inglés. Manténgase en sintonía a este sitio de web para obtener más información sobre el requisito de educación continúa incluyendo la fecha de vigencia.
1. ¿Quién será incluido en la base de datos pública de preparadores de declaraciones? (anunciado 22 de enero de 2010)
Por lo mínimo, incluirá los preparadores que han pasado el examen de competencia. Otra información sobre quien sería incluido todavía no es disponible. Manténgase en sintonía en la página de IRS.gov de los Profesionales del Impuesto para información sobre este tema.
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