Tema 410, Pensiones y anualidades
10/13/20111Si recibe beneficios de jubilación como pagos de pensión o anualidad de un plan de jubilación calificado de un empleador, las cantidades que recibe podrían ser total o parcialmente tributables.
Los beneficios de jubilación del seguro social y los beneficios equivalentes de la jubilación ferroviaria no se explican aquí. Para más información sobre esos beneficios, consulte el Tema 423.
Los pagos de pensión o anualidad que usted recibe son totalmente tributables si usted no tiene costo en el contrato debido a que le corresponde alguna de las siguientes situaciones:
- Usted no aportó nada o se considera que no aportó nada para la pensión o la anualidad.
- Su empleador no le retuvo las aportaciones de su sueldo.
- Usted recibió todas sus aportaciones (su base) libre de impuestos en años anteriores.
Si aportó dinero posterior al pago de impuestos a su pensión o anualidad, los pagos de su pensión son parcialmente tributables. No pagará impuestos sobre la parte del pago que representa una devolución de la cantidad posterior al pago de impuestos que usted pagó. Esta cantidad es su costo en el plan o inversión, e incluye las cantidades que su empleador aportó que eran tributables para usted en el momento de la aportación.
Las pensiones que son parcialmente tributables son gravadas según la Regla General o el Método Simplificado. Para más información sobre la Regla General y el Método Simplificado, consulte el Tema 411. Si la fecha de inicio de pagos de su pensión o anualidad es posterior al 18 de noviembre de 1996, por lo general, usted tiene que utilizar el Método Simplificado para determinar qué cantidad de los pagos de su anualidad es tributable y qué cantidad es libre de impuestos.
Si recibe pagos de pensión o anualidad antes de cumplir los 59 años y medio de edad, podría estar sujeto a un impuesto adicional del 10% sobre las distribuciones prematuras. El impuesto adicional no aplica a ninguna parte de una distribución que sea libre de impuestos. También hay unas excepciones generales para el impuesto adicional, incluyendo:
- Distribuciones hechas como parte de una serie de pagos periódicos sustancialmente iguales de un plan calificado que comienza después de su separación del servicio,
- Distribuciones hechas debido a que usted está total y permanentemente incapacitado,
- Distribuciones hechas en o después de la muerte del participante o poseedor del contrato y
- Distribuciones hechas de un plan de jubilación calificado después de su separación del servicio y en o después del año que usted cumplió la edad de 55 años.
Para otras excepciones al impuesto, consulte la Publicación 575, Pension and Annuity Income (Ingresos de pensiones y anualidades), en inglés.
Si usted es sobreviviente o beneficiario de un plan de pensión o anualidad, consulte la Publicación 575 para regulaciones de ingreso y contribuciones.
La parte tributable de los pagos de su pensión o anualidad por lo general está sujeta a la retención del impuesto federal sobre el ingreso.
Usted puede elegir que no se le retenga impuesto sobre el ingreso de sus pagos de pensión o anualidad (a menos que sean distribuciones que reúnan los requisitos para reinversión) o quizás desee especificar cómo debe retenerse el impuesto. Si es así, deberá entregar al pagador el Formulario W-4P, Withholding Certificate for Pension or Annuity Payments (Certificado para retenciones de pagos de pensiones o anualidades), en inglés, o un formulario similar facilitado por el pagador.
Por lo general, la retención sobre los pagos periódicos de una pensión o anualidad se calcula de la misma manera que la retención sobre los sueldos y salarios. Si no entrega un certificado de retención, el pagador tiene que retener el impuesto como si usted estuviera casado y reclamara tres descuentos en la retención. Si usted no provee al pagador su número de seguro social correcto, el impuesto se retendrá como si fuera soltero sin descuentos en la retención.
Si usted paga sus impuestos por medio de retenciones y no se le retiene lo suficiente, puede que también tenga que hacer pagos del impuesto estimado para asegurar que el pago de sus impuestos no sea insuficiente. Para más información sobre cómo aumentar sus retenciones, hacer pagos del impuesto estimado, y las consecuencias de no retener la cantidad apropiada de impuesto, consulte la Publicación 505, Tax Withholding and Estimaded Tax (Retención del impuesto e impuesto estimado), en inglés.
Hay reglas especiales que se aplican a ciertos pagos no periódicos de planes de jubilación calificados. Para más información sobre el trato tributario especial de distribuciones de sumas globales, consulte el Tema 412. Si se le paga una distribución que reúne los requisitos para reinversión, el pagador tiene que retenerle el 20%, a menos que usted elija la opción de reinversión directa. Para mayor información, consulte el Tema 413.
